Red de referentes de Transparencia de la Udelar
Se trata de un espacio de intercambio y producción de contenidos en torno a la gestión de la transparencia tanto activa como pasiva, dentro de la Udelar y en consonancia con los lineamientos establecidos a nivel país por parte de los referentes de transparencia de los diferentes ámbitos de la Universidad y actores vinculados a la temática.
En este apartado encontrará noticias, publicaciones, eventos, procedimientos, normativa e información relativa a esta temática, así como un espacio para acercarse a la comunidad.
¿De qué hablamos al referirnos a Transparencia activa?
Se refiere a aquella información que de oficio debe estar publicada en los portales web de todos los sujetos obligados de manera actualizada. El artículo 5° de la ley establece determinados ítems que deben estar publicados de forma preceptiva en las páginas. Esta obligación ha sido reglamentada por el artículo 38 y siguientes del decreto reglamentario N° 232/010. Además de los ítems que obligatoriamente se deben publicitar, los sujetos obligados pueden publicar toda la información que consideran necesaria y útil, siempre y cuando esta información no revista una causal de excepción. Es importante destacar que la transparencia activa es un estándar mínimo de información que debe estar disponible; más allá de esa base, el sujeto obligado puede publicar toda aquella información que sea relevante para entender su funcionamiento o gestión. Por ejemplo, si determinado informe es objeto de varias solicitudes de acceso, es conveniente publicarlo. Una buena política de publicación por vía de transparencia activa puede evitar el ingreso de solicitudes de acceso por la vía de transparencia pasiva, donde corren plazos para la entrega de la información. Asimismo cabe destacar que, si bien hay información cuya publicación no es obligatoria, de todas maneras es pública y, ante un pedido, debe ser entregada.
¿De qué hablamos al referirnos a Transparencia pasiva?
El concepto de transparencia pasiva asume que mientras la información que posee el Estado puede ser eventualmente pública, algún tipo de acción o procedimiento administrativo es requerido para obtener la misma por parte de los ciudadanos. Por lo tanto, conforme a lo establecido por la ley Nº 18.381, la Universidad de la República debe facilitar los canales necesarios para canalizar las solicitudes de Acceso a la información.
Procedimiento interno de registro y reporte de Solicitudes de Acceso a la Información
Cualquier persona o institución ajena a Udelar podrá realizar solicitudes de acceso a la información ante Oficinas Centrales o ante sus servicios correspondientes, mediante la vía presencial o por correo electrónico (punto II Instrucción).
Para tales casos, se ha establecido un procedimiento orientador para dar respuesta, registrar y reportar estas solicitudes.
La Udelar, como todo organismo público, está obligada a presentar el informe anual sobre cumplimiento de la normativa que implementa el derecho de acceso a la Información Pública. A esos efectos, se diseñó un Formulario - Guía que contempla lo exigido en la Ley y su Decreto Reglamentario y en la Resolución Nº 12 del CDC de 23/11/21 - Instrucción de Servicio “Procedimiento Administrativo de las solicitudes de acceso a la información pública (Ley 18.381)” para registrar cada solicitud, según corresponda, tal como se indica en el punto 3 de la infografía anterior. El Formulario - Guía conduce el trámite desde la presentación de la solicitud de acceso a la información pública hasta su conclusión, facilitando la recopilación de los datos necesarios para volcar en el informe anual a presentar ante la UAIP.
Por otra parte, se dispone del Modelo de Sistematización y Consignación de Datos de Solicitudes de Acceso a la Información Pública que oficia como plantilla para realizar el reporte mencionado en el punto 4 de la infografía anterior, el cual se completa a partir de la información de cada Formulario Guía y se envía a DGJ.
Próximamente, este procedimiento de gestión y registro se realizará de forma electrónica.
A continuación, se comparte un breve instructivo sobre el procedimiento de gestión y registro de solicitudes de acceso a la información.
Normativa Udelar:
Normativa Nacional:
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Ley Nº 18331 – LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES – 18 de agosto de 2008
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Ley Nº 18381 – LEY SOBRE EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA – 7 de noviembre de 2008
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Decreto Nº 232/010 - Reglamentación de la Ley sobre el Derecho de Acceso a la información pública
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Normativa de datos abiertos: Catálogo Nacional de datos Abiertos de Gobierno
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