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El Consejo Directivo Central de la Universidad de la República resolvió el pasado 28 de junio que «el formulario estadístico del relevamiento continuo FormA-TAS es de carácter obligatorio para todo el funcionariado técnico, administrativo y de servicio (TAS) de la Universidad de la República». Se completa desde el 25 de julio hasta el 29 de agosto.

Para completarlo ingrese con la contraseña del MAP en: https://formularios.udelar.edu.uy/forma

 


Resolución Nº 6 adoptada por el Consejo Directivo Central de la Universidad de la República, en sesión de fecha 28 de junio de 2022:

VISTO: La necesidad de disponer de información y estadísticas regulares sobre la población universitaria para la planificación y evaluación de la gestión y de las políticas universitarias;

RESULTANDO: Que hasta el momento los medios de acceso a la información sobre los funcionarios Técnicos, Administrativos y de Servicios (TAS) de la Universidad de la República han sido los censos de funcionarios;
 

CONSIDERANDO:

1. Que por las resoluciones N° 10 del CDC de fecha 04/04/2000, Nº 25 del CDC de fecha 07/07/2009, N° 8 del CDC de fecha 28/04/2015, se establecieron las normas de realización de los censos de funcionarios TAS en los años mencionados;
2. Que para los funcionarios Docentes Res. N°5 del CDC de fecha 03/08/2021, para los estudiantes de posgrado Res. N° 10 del CDC de fecha 26/02/2019 y para los estudiantes de grado Res. N°17 del CDC de fecha 20/02/2018 ya el Consejo Directivo Central dispuso el respectivo relevamiento continuo;
3. Que se entiende oportuno y conveniente disponer el relevamiento continuo de los funcionarios Técnicos, Administrativos y de Servicios, FormA –TAS;
4. Que la información que se obtenga es de carácter estrictamente confidencial, amparada por el secreto estadístico según Ley Nº 16.616 y por la protección de datos personales según Ley N° 18.331.
 

EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL, RESUELVE:

1 - Disponer que el formulario estadístico del relevamiento continuo FormA-TAS es de carácter obligatorio para todos los funcionarios TAS de la Universidad de la República.
2 - Cometer a la División Estadística de la Dirección General de Planeamiento el diseño, fijación de periodicidad y vías de instrumentación del relevamiento, así como el procesamiento de la información obtenida.
3 - Dicho formulario deberá ser completado por todos los funcionarios TAS de la Universidad de la República dentro del plazo fijado por la División Estadística.
4 - Será responsabilidad de cada funcionario completar con veracidad el formulario estadístico FormA-TAS. La División Estadística de la Dirección General de Planeamiento podrá solicitar al funcionario respectivo, la documentación o los medios técnicos de reproducción que respalden la información brindada.
5 - Establecer que la omisión de completar el formulario estadístico FormA-TAS implicará la retención de los haberes correspondientes al mes de setiembre del año fijado, hasta tanto el funcionario cumpla con dicha obligación.

 

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